PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE RENTAS VITALICIAS INMOBILIARIAS (2)
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE RENTAS VITALICIAS INMOBILIARIAS (4)

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE RENTAS VITALICIAS INMOBILIARIAS (3)

A raíz de la publicación de mi artículo dedicado a la Renta Vitalicia inmobiliaria http://bit.ly/1hqq8fb uno de los productos de rentabilización del patrimonio inmobiliario de las Personas Mayores, que GRUPO RETIRO, trabaja asesorando y/o intermediando para las Personas Mayores, hemos recibido un aluvión de consultas, y dudas, que considero muy ilustrativas de la realidad actual.

La Persona Mayor quiere saber, no solo lo que es y para qué sirve, sino si se adaptará a sus necesidades, reales actuales, y/o futuras; y si este recurso, esta opción, podrá satisfacerlas. La Persona Mayor y sus necesidades están en la posición dominante en lo que a la dependencia y su financiación se refiere, en el futuro, y esto es algo que poco a poco va penetrando en la conciencia individual y colectiva del Mayor.

Por tanto, durante los próximos post, desgranaré alguna de estas consultas y su soluciones, al objeto de servir al interés de todos los Mayores, que por circunstancias de la vida no ha tenido posibilidad de planificar su retiro, y, que solo tienen su vivienda como único ahorro. (Este es el tercero).

Muchos no saben (y dado los tiempos que corren, creo en que ésta información es útil), que su vivienda les puede procurar muchas soluciones en la actividad diaria, que ahora no puede sostener económicamente; y, por supuesto sin tener que abandonarla, y que además también les van a posibilitar planificar un futuro, si su edad, situación física o cognitiva lo requiere en las mejores condiciones.

Por motivos de Protección de Datos no puedo facilitar sus nombres, pero las cuestiones que aquí voy a ir desgranado, y resolviendo a continuación, son cuestiones reales trasladadas por nuestros clientes, o por Personas Mayores a las que simplemente hemos asesorado.

¿Qué gastos tiene que abonar el transmitente al hacer un contrato de Renta Vitalicia?
La Persona Mayor no deberá pagar ninguna cantidad en concepto de gastos de tramitación (Notario, Registro, honorarios profesionales de Tasación, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, Plusvalía, etc.), ya que será el adquirente el que corra con todos los gastos, honorarios e impuestos de la operación.

¿Es posible realizar una Renta Vitalicia para acudir a una Residencia o Centro de Mayores?
Sí. Cuando la Persona Mayor desea acudir a una Residencia puede renunciar al derecho de usufructo vitalicio de su piso, lo que implicaría percibir desde ese momento una Renta mayor a la que le correspondería en el caso de que continuara viviendo en su casa.

¿Si se hace una Renta Vitalicia, sin renunciar al derecho de uso y disfrute de la vivienda, para ir a una Residencia, se puede posteriormente regresar a la vivienda?
Por supuesto. Al formalizar una Renta, la Persona Mayor mantiene de forma vitalicia el usufructo de su casa. Por tanto, puede permanecer en ella cuando quiera y ausentarse de la misma por los motivos que sean, tantas veces como le parezca oportuno.