¿Puede una persona física, bien sea familiar o ajena al transmitente, realizar con una Persona Mayor una operación de Renta Vitalicia?
En principio no hay ningún inconveniente, pero hay que tener en cuenta, que estará obligada a pagar en el momento de formalizar la Renta Vitalicia el correspondiente Impuesto de Donaciones por la diferencia de Valor entre los pagos a abonar a lo largo de la Esperanza de Vida estimada y el Valor de mercado del inmueble, lo que representará una importante cantidad de dinero que puede hacer poco o nada rentable la operación. Lo más correcto / adecuado a todos los efectos es que sea una Empresa o Sociedad dedicada a esta actividad con la que se lleve a cabo la operación.
Rafael Ardura Urrea
Business Manager
GRUPO RETIRO
CEO-Founder & MD Partner
SERVIGESTION
Project Manager
ALLES HAUS BAUAG